
Abogados especialistas en negligencias médicas
CUMLEX ABOGADOS es un despacho comprometido y altamente cualificado y preparado en el ámbito del derecho sanitario (negligencias médicas), especialidad reseña de este despacho. Nos esforzamos por distinguirnos en un trato cercano a la víctima, y con el trabajo en equipo de una amplia variedad de médicos especialistas y peritos, profesionales de suma importancia en estos procedimientos.
Nuestra experiencia profesional en las negligencias médicas en Elche, Alicante, Torrevieja, Benidorm y ámbito nacional, como ámbito muy especializado del derecho, nos ha hecho conscientes de las singulares y delicadas circunstancias que cada víctima de una negligencia médica o sus familiares viven particularmente, de la desazón y falta de orientación profesional que sobreviene, no sabiendo muchas veces dónde o a quien acudir.
¿Cuándo se produce una Negligencia Médica?
Una negligencia médica se produce cuando un profesional sanitario actúa alejándose de los modelos o protocolos médicos exigibles (por acción u omisión) causando lamentablemente, en la gran mayoría de situaciones un daño físico, moral e incluso económico al paciente o a los familiares de este en caso de fallecimiento.
¿Cuales son las negligencias médicas más comunes?
Los errores sanitarios más habituales, y desgraciadamente cada día más numerosos, de los que se derivan negligencias médicas son:
- Retraso en el diagnóstico correcto de una patología o lesión.
- Error en el diagnóstico o en su interpretación.
- Intervenciones quirúrgicas con resultado lesivo para el paciente y que el mismo no debía soportar.
- Prescripción inadecuada de medicamentos o tratamientos.
- No seguimiento de los protocolos marcados.
- Transmisión por transfusión sanguínea de enfermedades como la Hepatitis o el SIDA.
- No obtención del resultado prometido en cirugía estética voluntaria, en liposucciones, procesos de adelgazamiento, colocación de prótesis, etc…. Intervenciones mal realizadas.
- Infecciones nosocomiales (intrahospitalarias).
- Daños producidos por el propio material quirúrgico durante a intervención o maniobra médica o bien por su olvido en el interior del paciente.
- Fallecimiento del paciente por no prestarse la asistencia sanitaria de urgencia debida.
- Falta de consentimiento informado, y por consiguiente de la información previa del acto a realizar con sus posibles alternativas y consecuencias, no asumiendo los riesgos típicos del mismo por el paciente.
- No supervisar debidamente al paciente en el post-operatorio, originando complicaciones en el proceso evolutivo del paciente.
¿Qué debe hacer si cree haber sufrido una negligencia médica?
Si usted o algún familiar suyo cree haber sido víctima de una negligencia médica, le ofrecemos un primer asesoramiento de manera totalmente gratuita. Esta orientación se concreta en un primer estudio de la documentación médica y la viabilidad jurídica de su caso en concreto.
En esos momentos debe tener muy presente que cualquier documentación médica puede tener una suma importancia para el estudio y la acreditación de en una reclamación posterior, por esta razón se ha de solicitar copia de todo documento médico, aunque a su entender sea un documento sin importancia.
Cuando nos encontremos ante lesiones físicas externas originadas por una negligencia médica es asimismo aconsejable hacer un seguimiento fotográfico de la evolución de dicha lesión.
En la medida de lo posible, deberá en la máxima brevedad posible, contactar con un despacho de abogados especialista en esta materia para que le puedan orientar e indicar según las circunstancias, los pasos a seguir ya que en múltiples ocasiones, estos primeros momentos son de suma importancia para el éxito y garantía del posterior procedimiento.
¿Qué procedimientos se pueden seguir para reclamar por los daños sufridos a causa de una negligencia médica? ¿Y de qué plazo dispongo para reclamar?
Hay que tener en cuenta a la hora de plantear un procedimiento por negligencia médica en Alicante, el ámbito en el que esta ha sucedido. En este punto nos encontramos con dos grandes grupos, en primer lugar se encuentran los errores médicos cometidos en centros médicos públicos o por sus profesionales sanitarios (en la Seguridad Social o planes de choque en otros centros concertados), y por otro lado, encontramos las negligencias originadas en centros médicos privados o por profesionales médicos privados.
* Si la negligencia se comete en la SANIDAD PÚBLICA (Hospitales públicos, centros de salud, ambulatorios, centros concertados para planes de choque,…): El procedimiento a seguir, en estos casos, es una RECLAMACIÓN POR RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL ante la administración sanitaria competente (Consejerías de Sanidad).
- – Se trata de un procedimiento administrativo donde se reclama ante la administración responsable de la negligencia médica cometida una indemnización por los daños y perjuicios provocados por el mal funcionamiento de la administración o por el mal actuar de alguno de sus profesionales sanitarios.
- – El plazo para reclamar por negligencia médica máximo para iniciar este procedimiento es de un año desde la ocurrencia del error médico, desde el fallecimiento del paciente o en el caso de que ,a causa de esta negligencia médica se cause o agrave una lesión/daño/enfermedad, este plazo empezaría a contar desde la fecha en la que sane o estabilice el paciente de esta lesión/daño/enfermedad.
- – La sanación o estabilización se produce cuando el paciente recibe el alta de las lesiones provocadas, bien porque ya están curadas o bien porque ya están estabilizadas, y por tanto consolidadas como secuela para el resto de su vida. Es complejo poder determinar con exactitud el momento en el que comienza a contar el plazo para reclamar, por eso lo conveniente es que lo consulte con su abogado especialista en negligencia médica, este punto simplemente debe servir como una pequeña orientación, porque en ocasiones hay otras circunstancias que hay que tener en cuenta.
* Si la negligencia se comete en la SANIDAD PRIVADA (Hospitales y centros médicos privados, médicos privados, odontólogos, centros de cirugía estética, cirujanos plásticos…): El procedimiento a seguir sería una DEMANDA por RESPONSABILIDAD CIVIL contra los causantes del daño, ante la jurisdicción CIVIL:
- – Estaríamos ante un procedimiento que se tramitaría por los Tribunales de justicia de la jurisdicción CIVIL.
- – En cuanto al plazo de prescripción en estos casos, lo habitual es un plazo de 15 años (en el caso de Responsabilidad Contractual), aunque en ocasiones podría ser de 1 año (Responsabilidad Extracontractual). Este plazo empezaría a contar, igual que en el caso anterior, desde la ocurrencia de la negligencia médica, desde el fallecimiento del paciente o en el caso de que a causa de esta negligencia médica se cause o agrave una lesión/daño/enfermedad este plazo empezaría a contar desde la fecha en la que sane o estabilice esta lesión/daño/enfermedad. El concepto de estabilización viene explicado en el punto anterior.
- *Por último indicarle que existe la posibilidad en ambos ámbitos (tanto público como privado) de acudir a la jurisdicción PENAL, aunque a nuestro entender no sea lo más conveniente en la mayoría de casos.
¿Qué se debe indemnizar?
En lo referente a los conceptos por los que se puede reclamar ante una negligencia médica, nos encontramos nuevamente con dos grupos:
1) DAÑOS PERSONALES:
- – Lesiones Permanentes: En este concepto se englobaría la valoración de todas las lesiones estabilizadas (secuelas), que han sido originadas por el error médico cometido.
- – Incapacidad Temporal: Se concretaría en el tiempo en el que el paciente ha tardado en sanar o estabilizar las lesiones provocadas por la negligencia médica sufrida.
- – Daño Moral: El daño moral consiste en el dolor, la angustia, la aflicción física o espiritual, y en general, los padecimientos infligidos a la víctima por el hecho dañoso. Este perjuicio, en muchas ocasiones, no sólo lo padece el propio paciente que ha sufrido la negligencia médica en su misma persona, sino también sus familiares más directos (padres, hermanos, hijos…) debiendo considerarse a estos también como víctimas de la negligencia cometida por el profesional sanitario.
2) DAÑOS MATERIALES:
– Daño Emergente: Este concepto recoge todos los gastos soportados por la víctima a causa de la negligencia médica padecida. Gastos tanto presentes como futuros (futuras intervenciones, rehabilitación, transportes, gastos médicos…)
– Lucro Cesante: se traduce en la pérdida de la situación y capacidad económica del individuo perjudicado. El perjuicio económico causado por no poder trabajar y percibir el sueldo o las rentas que hasta el momento se percibían, etc..
La importante figura del perito médico
Otro punto importante a tener en cuenta en este ámbito, es la figura del perito médico. En los casos en los que se intentan conseguir el reconocimiento de una responsabilidad por parte del profesional sanitario, es estrictamente necesario contar con un perito experto en la materia, quien tras estudiar en un primer momento toda la documentación médica nos informará sobre la existencia del error médico y de las posibilidades y garantía de éxito ante una reclamación. Posteriormente emitirá un informe pericial en el que concretará cuales han sido los errores médicos cometidos, fundamentándolos y estableciendo el nexo entre esa negligencia médica y el daño infligido a la víctima. Estos informes son de suma importancia en este tipo de procedimientos ya que son ellos quienes dan una fundamentación estrictamente técnica del caso determinado.
¿Por qué debo de consultar con los servicios jurídicos de Cumlex Abogados?
1) Cumlex Abogados especialistas en negligencias médicas le ofrecerá un trato cercano, teniendo un conocimiento pleno y cualificado tanto de la normativa como de la jurisprudencia actual relativa a estos asuntos.
2) Previamente al inicio de cualquier acción, los letrados realizarán un estudio de la documentación médica para determinar la viabilidad jurídica de su caso en concreto, sin coste alguno para usted.
3) Contamos con una amplia colaboración con médicos especialistas y peritos médicos, quienes, tras pasar el primer estudio de los letrados y tras aceptación por parte del cliente, estudiarían su caso para determinar la posibilidad de éxito de su procedimiento, y en el caso de ser viable realizar el informe correspondiente.
Por todo esto, si usted o algún familiar suyo cree haber sido víctima de una negligencia médica, no dude en ponerse en contacto con nosotros, le ofrecemos un primer asesoramiento de manera totalmente gratuita.
Nuestro campo de actuación es en toda España, aunque por la cercanía geográfica las áreas de mayor actuación son Alicante, Murcia, Valencia y Albacete.
Además le informamos que disponemos de servicio de abogado para accidentes de tráfico en Alicante, responsabilidad civil e incapacidad laboral.
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