Oficinas en Benidorm, Elche y Torrevieja. Ámbito nacional

Abogados incapacidad laboral en Torrevieja

Oficinas en Benidorm, Elche y Torrevieja

Llame al 96 616 33 30 para una
consulta gratuita o, si lo prefiere,
rellene sus datos y le llamaremos lo
antes posible.

Llame al 966163330 para una
consulta gratuita o, si lo prefiere,
rellene sus datos y le llamaremos lo
antes posible.

Abogados incapacidad laboral en Torrevieja

Cumlex Abogados es un despacho experto en la tramitación de pensiones de incapacidad permanente para el ámbito laboral. Estudiamos toda la documentación médica que tenga y si cumple los requisitos para poder solicitar una incapacidad permanente con el objeto de darle una viabilidad sobre las posibilidades de su asunto. Esta viabilidad es sin ningún coste y compromiso por nuestra parte.

Grados de incapacidad laboral

Procedimientos para solicitar una incapacidad permanente

  • El expediente de incapacidad permanente se puede iniciar de oficio, a instancia de la mutua o a instancia del propio interesado. Siempre es recomendable que, si se inicia por el propio interesado, sea asesorado por un abogado especialista antes del inicio del expediente de incapacidad permanente.
  • Si la resolución es denegatoria cabe la interposición de una reclamación previa dentro de los 30 días hábiles siguientes a la recepción de la resolución. En Cumlex Abogados Torrevieja efectuamos reclamaciones previas completas y extensas, debido a la importancia de este paso para una posible futura demanda social
  • Demanda en la jurisdicción Social – Este sería el último paso a realizar en el caso que la reclamación previa sea desestimada. En este caso se resolvería el asunto por parte de un Juzgado de lo Social.

¿Por qué debo consultar con Cumlex Abogados incapacidad permanente en Torrevieja?

  • Desde Cumlex abogados Torrevieja tenemos una amplia experiencia en procedimientos de incapacidad permanente, tanto en vía administrativa como en vía judicial, así como de la jurisprudencia reciente de la misma.
  • Somos expertos universitarios en Derecho Sanitario, teniendo conocimientos amplios sobre asuntos médicos.
  • Colaboramos con peritos médicos expertos en medicina laboral.
  • La viabilidad es totalmente gratuita por Cumlex Abogados Torrevieja, dando presupuesto cerrado a todos nuestros clientes.

Preguntas frecuentes

¿Es necesario llevar toda mi documentación médica al tribunal médico?

Sí, es importante llevar todos los documentos relevantes, aunque los médicos inspectores suelen tener acceso a los historiales médicos de la sanidad pública en la mayoría de los casos.

En algunos casos excepcionales, la baja puede ser prorrogada o incluso retrasar la calificación de incapacidad permanente. Sin embargo, si no puede trabajar, en la mayoría de los casos se le debería reconocer una incapacidad permanente con una revisión posterior para evaluar su evolución.

Podrán decidir darle el alta, prolongar la baja por otros seis meses, o iniciar un expediente para la incapacidad permanente.

No, la responsabilidad de otorgar el alta recae únicamente en el médico inspector.

No, solo los médicos inspectores del INSS tienen la autoridad para otorgar el alta en estos casos.

Sí, el expediente puede resolverse tanto a favor como en contra, denegando o reconociendo la incapacidad permanente.

Sí, siempre que no esté trabajando, podrá solicitar que le abonen el 75% de la base reguladora.

Se entiende por tal la última profesión que desempeñó antes de que se reconociera la prestación por incapacidad permanente.

No, aunque en esa fecha tanto usted como el INSS pueden iniciar el proceso de revisión, no siempre se realiza automáticamente. En muchos casos, no se revisará más el grado de incapacidad reconocido.

Sí, pero solo si ha habido mejoras en las limitaciones que originaron el reconocimiento de la incapacidad. Si su situación sigue siendo la misma, no deberían proceder a la revisión.

No, si no se especifica que son 30 días naturales, se cuentan 30 días hábiles, excluyendo fines de semana y festivos.

Es un informe detallado elaborado por el médico inspector que evalúa toda su documentación médica y limitaciones. No debe confundirse con el dictamen propuesta, que es más breve.

Puede solicitar una copia en el INSS. Se recomienda hacerlo debido a la importancia de este informe.

Sí, es crucial que asista, ya que, si no lo hace, podrían cancelar su prestación de incapacidad temporal.

Deberá recibir la prestación de mayor cuantía, ya sea por incapacidad permanente o por jubilación.

Si tiene contrato laboral, deberá comunicar que le han dado de alta y su empleador le indicará la fecha y hora de reincorporación. Esta situación puede ser complicada, ya que, aunque el trabajador no está capacitado, el empleador debe pagarle. En este caso, es muy recomendable solicitar un examen médico por parte de los servicios de prevención de riesgos laborales, y si tiene vacaciones acumuladas, podría disfrutar de ellas, siempre que haya un acuerdo con su empleador.

¿Quieres una visita y estudio jurídico gratuito?
Benidorm, Elche y Torrevieja.

Más de 15 años de especialización y experiencia.

Artículos relacionados con incapacidades laborales